Corresponde a MAZ el reconocimiento, denegación, suspensión y extinción de la prestación económica de Incapacidad Temporal derivada de contingencias profesionales respecto de los trabajadores de las empresas que tengan la cobertura de contingencia profesional con esta Mutua.
La empresa abona en pago delegado a cargo de MAZ la prestación correspondiente desde el día siguiente a la baja médica.
Supuestos en los que no corresponde pago delegado a la empresa por disposición legal. Corresponde el pago directo a la Mutua.
Situaciones en las que corresponde el pago directo de la Mutua: