Corresponde a MAZ el reconocimiento, denegación, suspensión y extinción de la prestación económica de Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes respecto de los trabajadores de las empresas que tengan la cobertura de contingencias comunes con esta Mutua y cumplan con los requisitos legales exigidos.
Requisitos:
Cuantía de la prestación:
Desde el 4º al 15º: 60% de la base reguladora a cargo de la empresa.
Desde el 16º al 20º: 60% abonado por la empresa en pago delegado a cargo de MAZ.
Desde el 21º en adelante: 75% de la base reguladora abonado por la empresa en pago delegado a cargo de MAZ.
Desde el 2º al 20º: 60% de la base reguladora abonado por la empresa en pago delegado a cargo de MAZ.
Desde el 21º en adelante: 75% de la base reguladora abonado por la empresa en pago delegado a cargo de MAZ.
Pago directo por ser un régimen/sistema en el que no corresponde pago delegado.
Supuestos en los que corresponde el pago directo de la Mutua.