Boletín de

Prevención de

Riesgos Laborales

 

 

 MAZ MATEPSS nº 11                                             Mayo / Junio 2011  -  Nº 7
 
 
 
 
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¿Tienes alguna duda? Te sugerimos que todas las preguntas relacionadas con los temas que se tratan en nuestro boletín, nos las escribas pues serán contestadas a tu correo electrónico por nuestros Técnicos y  algunas de ellas, publicadas en el próximo número de nuestro Boletín.

prevencionMAZ@maz.es

 

 
   

 

PREGUNTA:

Hola:

Trabajo en un grupo empresarial y próximamente viene una persona de otra empresa del grupo (distinta razón social) a formarse en una máquina específica, pero la idea es que éste trabajando en dicha máquina como un operario más, ¿Qué obligaciones tengo en materia de coordinación de actividades empresariales?

Muchas gracias.

Sandra

 

   
         
   

 

Hola Sandra

Aunque sea una empresa del mismo grupo corporativo, al tener distinta razón social, a todos los efectos la coordinación se debería realizar como con el resto de empresas. Vas a tener un trabajar de una empresa de la misma actividad. Por lo tanto vais a ejercer de empresario principal y os será de aplicación el capítulo IV del RD 171/2004 de coordinación de actividades empresariales.

Al ser un trabajador que viene a formarse, obviamente lo primero que tienes que darle es formación. Independientemente de que se la hayan dado en su centro de trabajo, tienes que formarle e informarle de las peculiaridades de tu centro. Además de la formación de seguridad en la máquina que va a aprender a manejar.

También es importante estar seguro de que el trabajador es apto para manejar esa máquina y que esté dado de alta en la Seguridad Social. Ahí ya depende de la confianza que tengas en la otra empresa del grupo.

Un Saludo

Departamento de Prevención de MAZ

 

   
 

 

 

 

MAZ Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 11