Boletín de

Prevención de

Riesgos Laborales

 

 

 MAZ MATEPSS nº 11                                             Septiembre / Octubre 2010  -  Nº 3
 
 
 
 
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EDITORIAL

 

 

    Roberto Ortiz de Landázuri Solans
   Director del Departamento de Prevención de MAZ

Septiembre 2010

 

En el número anterior de nuestro Boletín de Prevención, publicamos un articulo sobre Síndrome posvacacional, adelantándonos a lo que en este momento, afecta a muchos trabajadores en su retorno al trabajo después de sus días de descanso. Pero aunque esta sea una patología importante y a tener en cuenta, creo que debería desdramatizarse un poco este aspecto y poner los medios para superar esa angustia que agobia a las personas que lo sufren. Posiblemente, una posición mas positiva sobre la importancia que tiene para nosotros el atesorar un empleo, el crecimiento personal y profesional que nos permite, serán elementos que podrían contrarrestar sin duda, la triste sensación de incorporarse nuevamente al trabajo.

En un momento en que puede haber trabajadores, que a su vuelta de vacaciones se van a encontrar con que su empresa, no puede seguir adelante, el encontrarnos la puerta abierta en la nuestra, seguro que puede ayudar a superar nuestros conflictos y seguir trabajando por el mantenimiento, mejora y mas seguro puesto de trabajo.

Otro aspecto a resaltar en este nuevo curso que ahora comenzamos, es la entrada en vigor de algunas modificaciones Reglamentarias, que van a significar cambios importantes. Así la Ley 32/2010 sobre “Protección de los Trabajadores Autónomos” modifica el Art. 32 de la LPRL, lo que permitirá terminar con el encorsetamiento al que estaban sometidas las Sociedades de Prevención de las Mutuas y que les impedía trabajar para cualquier empresa, como así lo hacían todos los Servicios de Prevención ajenos, lo cual, a partir de ahora les va a permitir trabajar en su campo de especialización, con cualquier empresa, incluso con aquellas que no estén asociadas a su entidad. 

También se modifica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en otros aspectos muy interesantes, pero en este momento quiero resaltar el relativo a la exigencia a los Servicios de Prevención Ajenos, por el que “deberán contar con la acreditación de la Autoridad Laboral competente en las especialidades ó disciplinas preventivas de Medicina del Trabajo, Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología aplicada y de disponer como mínimo de un técnico que cuente con la cualificación necesaria para el desempeño de las funciones de nivel superior, por cada una de las especialidades ó disciplinas preventivas señaladas, salvo en el caso de la especialidad de Medicina del Trabajo que exigirá contar, al menos, con un medico especialista en medicina del trabajo ó diplomado en medicina de empresa y un ATS/DUE de empresa”.

Por ultimo, es interesante resaltar que en este numero de nuestro Boletín de Prevención, iniciamos una nueva Sección en la que mostraremos empresas con una amplia trayectoria en su compromiso con la reducción de la siniestralidad y mejora de las condiciones de trabajo, donde indicaremos su actividad profesional e intentaremos mostrar alguna de las acciones que emprendieron en este recorrido, por si alguna de las iniciativas que se pusieron en marcha, son experiencias que se pueden extrapolar a otras empresas.

 


 

 

   

Nuevos contenidos en la Web de MAZ

El Departamento de Prevención ha incluido nuevos contenidos destinados a Trabajadores Autónomos, además de nuevos videos de Primeros Auxilios que se podrán ver en el apartado de Publicaciones.

Puedes acceder desde aquí a la página del Departamento de Prevención

 

MAZ Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 11