Los órganos de gobierno son la Junta General, la Junta Directiva y el Director Gerente.
La Junta General es el órgano superior de gobierno de la Mutua, que la regirá y administrará con las más amplias facultades. Estará integrada por todos los empresarios asociados, por una representación de los trabajadores por cuenta propia adheridos y por un representante de los trabajadores dependientes de la Mutua
La Junta Directiva es el órgano colegiado, representado por su Presidente, al que corresponde el gobierno directo e inmediato de la Mutua, su representación, dirección y administración, sin más limitaciones que las facultades expresamente reservadas a la Junta General y las establecidas en la normativa de aplicación y los Estatutos de la Entidad. (ver composición).
El Director Gerente ejercerá la dirección ejecutiva de la mutua y le corresponderá desarrollar los objetivos generales y la dirección ordinaria de la Entidad, sin perjuicio de estar sujeto a los criterios e instrucciones que, en su caso, le impartan la Junta Directiva y el Presidente de la misma.
Ver organigrama de MAZ
Los órganos de participación son Comisión de Control y Seguimiento y la Comisión de Prestaciones Especiales.
La participación de los agentes sociales en cada una de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social se llevará a cabo a través de la Comisión de Control y Seguimiento, cuyas competencias incluyen: conocer e informar la gestión que realiza la entidad, proponer medidas para mejorar, informar el anteproyecto de presupuestos y las cuentas anuales.(ver composición).
La Comisión de Prestaciones Especiales tiene como principal competencia la concesión de los beneficios de asistencia social que puedan ser concedidos por la mutua con cargo a los créditos presupuestarios de cada ejercicio. (ver composición).
Adicionalmente, Mutua MAZ cuenta con un Comité de Auditoría y Cumplimiento Normativo.
El Comité de Auditoría y Cumplimiento Normativo es un órgano interno permanente de carácter informativo y consultivo, sin funciones ejecutivas, constituido por la Junta Directiva de MAZ, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 11. Este comité tiene facultades de información, asesoramiento y propuesta dentro de su ámbito de actuación. Su objetivo principal es garantizar la eficacia de los sistemas de control interno y gestión de riesgos de la entidad, así como velar por el cumplimiento de la normativa vigente. Se rige por un reglamento que determina sus principios de actuación, régimen interno y reglas de funcionamiento.