01/10/2019
Las empresas y trabajadores autónomos afectados por temporales y otras situaciones catastróficas como la producida por la pasada gota fría, podrán solicitar el aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social hasta el 30 de octubre, una de las medidas urgentes adoptadas con el Real Decreto 11/2019 aprobado ayer en Consejo de Ministros.
Según esta resolución del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social que este lunes 30 de septiembre ha publicado el Boletín Oficial Estado (BOE), las primeras cuotas respecto de las que se diferirá el plazo reglamentario de ingreso serán las correspondientes al mes de septiembre de 2019, excepto en el caso de los autónomos, en el que serán las del mes de octubre.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación acreditativa de los daños sufridos o de la pérdida de actividad de ellos derivada, expedida por resolución de la autoridad laboral, por el respectivo ayuntamiento, por el órgano insular o autonómico competente o por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma en la que se acrediten los daños o perdida de la actividad y la ubicación de las empresas o explotaciones afectadas o el lugar en que se desempeñe la actividad, o, en el caso de haberse expedido, de resolución o comunicación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), en la que conste la condición de beneficiario de ayudas otorgadas a consecuencia de los daños causados por los temporales y otras situaciones catastróficas.
Estas cuotas diferidas deberán ser ingresadas mensualmente entre octubre de 2020 y marzo de 2021, sin aplicación de recargo o interés alguno, según apunta el Real Decreto.